Debatirán ley contra las pintadas

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Aumentarán las sanciones cuando se manchen o ensucien edificios o lugares públicos, estaciones y vagones de subtes o trenes. Además, se actualizarán las sanciones a quienes violen una clausura y al que conduzca sin poseer licencia. También se tratará un beneficio escolar a hijos de víctimas de violencia doméstica.
Un proyecto de ley que postula agravar las sanciones cuando se manchen o ensucien edificios o lugares públicos -establecimientos educativos y hospitalarios-, estaciones y vagones de subtes o trenes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires; y que cuando se afecten bienes de propiedad privada la acción sea dependiente de instancia privada, excepto en el caso de templos religiosos, será debatido en la Sesión Ordinaria de la Legislatura citada para mañana a las 11 horas.

El diputado Oscar Moscariello (PRO) propuso incorporar el art. 80 bis “Daño a monumentos” al Código Contravencional”, en tanto su par Daniel Lipovetzky solicitó modificar el art. 80 de la Ley 1472 y en base a estas iniciativas se expidieron favorablemente las Comisiones de Justicia y de Asuntos Constitucionales.

Además, se considerará un proyecto de ley que actualizaría las sanciones a quienes violen una clausura. Actualmente la sanción es de $ 600 a $ 6.000 pesos de multa o arresto de 3 a 10 días. Irían, con propósito disuasivo, de 5.000 a 60.000 pesos o arresto de 5 a 20 días. El expediente autoría de los diputados Francisco Quintana y Cristian Ritondo (PRO) en la Comisión de Justicia tuvo un despacho de mayoría que la diputada Paula Oliveto Lago (CC) firmó en disidencia parcial. Y un despacho de minoría fue suscripto por Juan Carlos Dante Gullo, Jorge Taiana (FpV) y Gabriela Cerruti (NE). En tanto, la Comisión de Asuntos Constitucionales adhirió con al disidencia parcial del diputado Maximiliano Ferraro (CC) y en minoría se expidieron Gullo, Taiana (FpV), Cerruti (NE) y Aníbal Ibarra (FPP).

La Comisión de Labor Parlamentaria, reunida esta tarde con el diputado Cristian Ritondo en la presidencia, acordó también considerar el incremento de la sanción a quien conduzca sin poseer licencia. Se incorporaría al Código de Faltas una multa de 400 unidades fijas -UF, unidad que equivale al valor de medio litro de nafta super. Además, se agregará esta sanción y se suma a la ya existente para el caso en el que quien maneje se haya olvidado de llevar la licencia, al que se lo deberá sancionar con una multa de 50 UF. La iniciativa corresponde a los diputados Christian Bauab, Héctor Huici, Daniel Presti y Francisco Quintana (PRO).

Por otra parte, se tratará un beneficio escolar a hijos de víctimas de violencia doméstica. Mediante a una modificación al art. 16 bis de la Ley Nº 1688 – que establece la prioridad de vacantes – se pretende asegurar por ley reincorporarlos en Jardines Maternales, en los Niveles Inicial, Primario y Medio de gestión estatal -dependientes del Ministerio de Educación- y en los Centros de Primera Infancia que dependen del Ministerio de Desarrollo Social. El dictamen emitido por la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud al que adhirió la de Educación Ciencia y Tecnología se elaboró sobre un proyecto de la diputada Virginia González Gass (PSA).